Derechos Humanos đesde nuestros pueblos del Sur
Es hora de formular planteamientos críticos de los virajes experimentales y por experimentar en un Derecho que ya no es Derecho de Familia en singular, sino en plural: Derecho de las Familias.
La intención es suscitar alguna reflexión sobre los temas que en la actualidad son objeto de debate en el Derecho de las Familias y en el Derecho Procesal de las Familias.
Cuando el Héroe Nacional José Martí dijo que Patria es Humanidad, pensaba en las familias, pero estaba pensando igualmente en le inclusión que une.
Familias, matrimonios, no pueden seguir apreciándose únicamente como lo correcto, porque vienen de nuestras tradiciones. Y hay que preguntarse: ¿de qué tradiciones, de las que nos impuso un modelo de familia patriarcal romano-judaica?
Existen más tipos de familias, algunas provenientes de otras uniones. Es lo que nos enseña un pensamiento que no puede basarse en los criterios del llamado occidente cristiano, sino que tiene que cambiarse, repensarse desde nuestros orígenes como pueblos del Sur.
Las familias son agentes de socialización política. Les corresponde, a través del proceso socializador, conferir al orden social, al sistema político estatal, la cobertura axiológica que lo mantenga protegido de convulsiones y conflictos.
La educación imprescindible que proveen las familias son el vínculo afectivo que las distingue de otros grupos sociales.
Núcleo cohesionador frente a razones que, como la crisis económica que se vive a nivel planetario, hace que los hijos se refugien más tiempo en el seno de sus familias.
Responsabilidades compartidas con patrones conductuales de unidad familiar, movimiento de especialización jurídica da nueva fisonomía al Derecho y en el que se insertan, por derecho propio, el Derecho de las Familias y el Derecho Procesal de las Familias.
Por ello es necesario la constitucionalización del Derecho de las Familias, que se retroalimente de la doctrina internacional de los Derechos Humanos, porque un Derecho Humano de las familias acorta la brecha entre Derecho y Sociedad.
Hoy día se habla de Procesos de Familia, de normas propias instrumentalizadoras y se trata de la suficiencia normativa, no de la ya obsoleta.
