22 de marzo de 2025

Radio 26 – Matanzas, Cuba

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Epistemologías del Derecho Constitucional cubano

Las funciones de la Constitución se reducen a una, a la función política, porque ésta más que un problema de derecho es un problema de poder. Al entender las funciones de cualquier Constitución, se logran fortalecer valores como justicia y seguridad.

A qué se denomina funciones de la Constitución

La Constitución es un fenómeno multifacético, que tiene diversas funciones, que no obstante ser diferentes están interrelacionadas. Las funciones reconocidas son: política, ideológica, jurídica, organizativa y legitimadora, fijando con ellas que es ante todo un fenómeno de poder y un problema jurídico, cuya esencia es clasista y expresa la voluntad política predominante, fruto de conciliaciones o conquistas políticas.

En última instancia todas las funciones de la Constitución se reducen a una, a la función política, porque ésta más que un problema de derecho es un problema de poder. Al entender las funciones de cualquier Constitución, se logran fortalecer valores como justicia y seguridad.

Qué significan las expresiones poder constituyente y poder constituido

El término poder constituyente expresa la voluntad popular soberana decidida a organizarse de una manera determinada y darse una Constitución que consolide jurídicamente sus conquistas y establezca las pautas de la actuación de las instituciones y entes existentes en la sociedad (Estado, organizaciones de diversos tipos e individuos). Toda Constitución supone ante todo un poder constituyente, ambos conceptos están íntimamente vinculados.

Una vez que se proclama una Constitución se establecen las diferencias entre el poder constituyente y el poder constituido, cesan las funciones del poder constituyente, su continuidad radica en el órgano creado por la Constitución, mientras el poder constituido tiene naturaleza jurídica, su formación y competencia están definidas en la Constitución.

Por qué la Constitución cubana de 1976 se considera con un carácter sui géneris, fundamentalmente por su proceso de elaboración.

Porque ese Anteproyecto de Constitución fue sometido a consulta popular. La Consulta popular consistió en que el pueblo en Asambleas donde participaron más de seis millones de ciudadanos, discutió dicho anteproyecto, emitió sus opiniones, se realizaron cambios y propuestas de modificación, se sometió entonces a consulta de los órganos estatales y del Partido. Lo que evidencia que el pueblo tuvo amplia oportunidad de discutir ese anteproyecto en las mencionadas asambleas efectuadas en el país. Fue sometido a Referendo el 15 de febrero de 1976.

En el Referendo se puso de manifiesto un alto nivel de homogeneidad social, de apoyo a la Revolución. Se puso de manifiesto la identificación con la Revolución de la mayoría de los grupos y sectores sociales. Hubo una evidente demostración de subordinación consciente de los intereses individuales a los sociales y colectivos.

5 principios generales de la Constitución de 1976

  • Centralismo democrático.
  • Unidad Popular.
  • Democracia socialista.
  • Legalidad Socialista.
  • Igualdad Social y Formal.
  • Predominio del interés social respecto al individual.
  • Monopartidismo político.
  • Participación popular, control revolucionario por los electores.

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