Sobre el Anteproyecto de Ley de un nuevo Código del Trabajo para Cuba

El nuevo Anteproyecto refuerza expresamente una idea puesta en vigor, pero aún no acatada ni hecha cumplir por muchas administraciones, de consagrar como un derecho el teletrabajo y el trabajo a distancia, importantísimo en los momentos actuales en los que vive y se desenvuelve la sociedad cubana.
No es solo plasmar en un texto o Convenio Colectivo de Trabajo tales derechos, sino de que se apliquen real y efectivamente con el consenso de las administraciones y los sindicatos a cualquier nivel.
El Anteproyecto establece una nueva edad laboral mínima y con ello introduce lo que constituye por vez primera una verdadera novedad: eleva a 18 años cumplidos la edad mínima para trabajar y dejará sin efecto la hoy establecida de 17 años. Se aviene pues, a la mayoridad establecida en el Código Civil cubano.
Se provee a la protección de los ingresos cuando queda establecido que los empleadores, incluidos los del sector privado de la economía o sector no estatal, tienen la obligación de proteger los ingresos de los trabajadores ante interrupciones o el cese de la relación laboral.
Importante misión prevé el Anteproyecto y tenemos todos que hacerla realidad: el fortalecimiento del rol sindical y no solo enunciar, sino ratificar y hacer cumplir con la base constitucional que ello tiene, que las decisiones fundamentales de las empresas y entidades deben ser analizadas y aprobadas, sin que ello admita vulneración alguna, por la Asamblea General de Trabajadores.
- Profesor Titular y Consultante. Universidad de Matanzas.