La sucesión en la Empresa Familiar Latinoamericana, retos desde Cuba
“La familia es la institución de que dispone la sociedad para regular la procreación, el cuidado y la educación de los hijos y la transmisión por herencia de la propiedad”.
Robert Bierstedt
Existen actualmente en el mundo gran número de estudios dedicados a la empresa familiar; aunque no todos desde un punto de vista jurídico, la mayor parte tienen un enfoque desde los negocios, el turismo, la administración.
Esto está dado, por la proliferación que han tenido estos entes y la importancia que han adquirido en el desarrollo económico de gran parte del mundo.
Uno de los aspectos fundamentales de los estudios realizados es la continuidad de la empresa familiar y las formas de garantizar una sucesión adecuada, de manera tal que se continúe el negocio familiar aún después del fallecimiento del fundador. Todo esto sin caer en lo que se conoce mundialmente como Síndrome de Rebeca, según el cual los sucesores luego del fallecimiento del fundador no son capaces de mantener con vida la empresa.
Algunos de los problemas fundamentales que revisten esta situación son el tema fiscal o tributario, ya que para proceder a la sucesión de la empresa la mayor parte de la legislación mundial establece un gravamen al respecto; otro de los temas polémicos es el de la sucesión o continuidad de la empresa, causados en gran medida por conflictos familiares y por una inadecuada planificación de la sucesión.
Aún y cuando esta es en esencia la situación mundial al respecto, este no es un tema frecuentemente abordado en Cuba, sobre todo desde el punto de vista jurídico.
Ello está dado fundamentalmente, por la inexistencia de regulación en este sentido. No obstante se considera que es momento de comenzar a pensar al respecto; ya que, a pesar de que la característica eminentemente privada de la propiedad en este tipo de empresas supone incongruencias respecto a nuestro sistema, resulta evidente que ante la apertura que desde el punto de vista mercantil ha tenido nuestro país y los cambios económicos que se están desarrollando con los trabajadores por cuenta propia y la regulación experimental de las cooperativas no agropecuarias; llegará el momento en que nuestra sociedad esté preparada desde el punto de vista práctico para iniciar este tipo de negocios más organizados y a mayor escala.
Es por el carácter histórico concreto del Derecho como fenómeno social, que los trabajadores e investigadores de la esfera jurídica no pueden permitir que la realidad social esté desfasada con respecto a la legislación y los estudios desde el punto de vista doctrinal al respecto.
Por: MS.c. Isel Guirola Rodríguez. Profesora Asistente Universidad de Matanzas/ Dr. Osvaldo Manuel Alvarez Torres- Profesor Consultante