27 de junio de 2026

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Internacionalizacio{n de las familias: un enfoque desde el Sur

El matrimonio y la familia pertenecen a un sistema antropológico inmutable y universal, mientras que el hipotético consorcio que hoy se busca se funda en el respeto que merece la autonomía de la voluntad personal y el libre desarrollo de la personalidad de los integrantes

Resulta impostergable elevar a rango constitucional el Derecho de las Familias, no de un solo tipo de familia, sino de esta en plural, amén de su instrumento de realización de la justicia: la jurisdicción especializada de las familias, insertada en un Derecho Procesal, tal cual han realizado ya la República Bolivariana de Venezuela, en su artículo 78 y la República Dominicana en su artículo 168, con un Código que es el súmmum  de estos avances: el Código de las Familias y del Proceso Familiar del Estado Plurinacional de Bolivia y el Código Procesal de Familia de la hermana República de Costa Rica.

El matrimonio y la familia pertenecen a un sistema antropológico inmutable y universal, mientras que el hipotético consorcio que hoy se busca se funda en el respeto que merece la autonomía de la voluntad personal y el libre desarrollo de la personalidad de los integrantes de otros tipos de familias.

La falta de un entendimiento cabal del anterior enunciado es –en parte– causa de la bipolarización existente en la doctrina, en el tratamiento del Derecho de Familia siempre visto en singular, como si existiera un arquetipo de familia y no otras familias.

A menudo –especialmente para los canonicistas– el eventual reconocimiento de un vínculo homosexual se contempla como una amenaza a la institución matrimonial y a la familia, sin divisar que nos hallamos en otra órbita –la de las relaciones afectivas– y que familias, matrimonios, no pueden seguir apreciándose únicamente como lo correcto, porque vienen de nuestras tradiciones.

Y hay que preguntarse: ¿de qué tradiciones, de las que nos impuso un modelo de familia patriarcal, romano-judaica, que se nos asignó desde los cánones de nuestros dolorosos procesos de conquista y colonización?

¡Existen más tipos de familias, algunas provenientes de otras uniones! Es lo que nos enseña un pensamiento que no puede basarse más en los criterios del occidente cristiano, sino que tiene que cambiarse, que repensarse desde nuestros orígenes como pueblos del Sur.

Si como antes se ha planteado, en las familias se ponen de manifiesto las mismas contradicciones que existen a nivel societal, si hoy en el mundo se habla, no ya de la familia en singular, sino de las familias en plural, si al presente se invoca que existen familias transicionales, si no es posible negar que hay un contenido patrimonial en ellas que reafirma que esta institución originaria, esta simiente preciosa de la sociedad pertenece a la sociedad civil, nada obsta a que se acepte que los condicionamientos económicos que actúan sobre las familias las ubiquen, como tiene que ser, en el sistema político, con las concepciones de una muy actual cultura política y las nuevas dimensiones de la sociedad civil.

  • Doctor en Ciencias Políticas. Profesor Titular y Consultante

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