La Inteligencia Artificial en el ejercicio del Derecho
Ilustraci{on tomada de Internet.
Deben identificarse los elementos jurídicos básicos para la construcción de un marco regulatorio que proteja los derechos humanos en un entorno digital cada vez más complejo, a partir de la revitalización de los principios de dignidad y libre desarrollo de la personalidad.
Autores diferencian cuatro enfoques de IA:
-Sistemas que piensan como humanos, que son capaces de tomar decisiones autónomas y resolver problemas, y también tienen capacidad de aprendizaje.
– Sistemas que actúan como humanos e imitan su comportamiento.
– Sistemas que piensan racionalmente, capaces de inferir una solución a un caso, a partir de una información sobre un contexto dado.
– Sistemas que emulan la forma racional del comportamiento humano, como los sistemas inteligentes o expertos.
Tales derechos de las personas quedan implícitos en la preceptiva que informa la Recomendación sobre la Ética de la IA, de la UNESCO, la cual traza pautas que deben seguir los Estados respecto a la regulación de los derechos en entornos específicos, ante el impacto de las tecnologías disruptivas.
La irrupción de la IA en el ámbito jurídico contemporáneo impone nuevos retos al jurista, de manera tal que «[…] el propio desarrollo de las capacidades tecnológicas de almacenamiento, procesamiento, búsqueda y recuperación de la información contribuyó también en buena medida al conocido “desbordamiento” de las fuentes del derecho […]», al tiempo que conlleva a la siguiente reflexión: ¿el tratamiento de estas tecnologías requiere de algo más que normas sobre derechos humanos?; ¿es necesario el reconocimiento de nuevos derechos?
Apelamos a la reflexión, que por un lado aprecia a los derechos como un camino para hacer posible la dignidad humana y la consideración de cada uno como persona moral; y por otro, la jurídica, que recoge y explica la incorporación de los derechos a la norma positiva.
≪El marco moral y jurídico en el que se sitúan los derechos y el propio significado de estos están recogidos en la historia y solo se entienden si se establece y estudia determinada forma de concebir una serie de cuestiones éticas y jurídicas en la historia de la humanidad≫.
Recensión del Prof. Dr. Osvaldo Manuel Alvarez Torres
