5 de mayo de 2024

Radio 26 – Matanzas, Cuba

Emisora provincial de Matanzas, Cuba, La Radio de tu Corazón

El fenómeno jurídico es un fenómeno eminentemente social

El fenómeno jurídico abarca tres espacios de expresión: es un sistema normativo, pero es además un sistema axiológico y es, finalmente, un fenómeno eminentemente social

La naturaleza y esencia del trabajo profesional del jurista y la experiencia acumulada, brindan la privilegiada situación de poder precisar con extraordinaria claridad el campo de acción o labor del jurista.

En términos generales, cabe decir que la profesión del jurista se encamina a trabajar sobre el sistema jurídico y político del país, en la dirección de integrarlo, aplicarlo, desarrollarlo, perfeccionarlo y diversificarlo, para alcanzar no solo la justicia social, sino la individual de los ciudadanos, integrantes del amplio mosaico de la sociedad civil cubana, que según sus pretensiones, piden tutela judicial efectiva a los tribunales de justicia del país.

La profesión jurídica no es disputada en ninguno de sus campos de actividad técnico-profesional por otros profesionales, pero ello no impide alcanzar importantes precisiones sobre los límites y el alcance de dicho campo de trabajo o acción profesional, sobre todo porque en torno a su definición científica y política acertada, se centran problemas políticos y científicos cardinales, que afectan la filosofía del Derecho y la organización política de la sociedad, del llamado Estado de Derecho, bien nombrado al presente como Estado de conciencia de legalidad.

De manera que cuando se habla de sistema jurídico, como objeto de trabajo del profesional del Derecho, no es dable circunscribirse al sistema normativo positivo, como hacían los teóricos burgueses en su empeño por clasificar los sistemas jurídicos universales. De hecho el fenómeno jurídico abarca tres espacios de expresión: es, por supuesto, un sistema normativo, pero es además un sistema axiológico, un conjunto normativo que conduce los valores esenciales de una sociedad determinada y los expresa deontológicamente, como paradigma conductual al que pretende elevarse el proyecto social de que se trate y es, finalmente, un fenómeno eminentemente social.

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