No obstante, el nuevo Código de las Familias establece un método alterno de solución de conflictos dentro de la práctica del derecho familiar como respuesta a una necesidad social y en sintonía con los preceptos constitucionales.
Nos referimos a la mediación, que de acuerdo con Yamila González Ferrer, vicepresidenta de la Unión Nacional de Juristas de Cuba, es un método alterno, a través del cual un profesional capacitado facilita que las personas que tienen un problema puedan mejorar la comunicación y llegar a acuerdos parciales o totales, propuestos por los propios involucrados.
Describimos un procedimiento extrajudicial, en el que profesionales habilitados para ello, sin poder de decisión, facilitan la comunicación y contribuyen a que las personas negocien de forma colaborativa y alcancen acuerdos en una ambiente amigable.
Son asuntos mediables todos aquellos conflictos en los que las pretensiones de las partes no afecten el interés público ni propicien la discriminación y la violencia en cualquiera de sus manifestaciones.
Es un procedimiento que lo distingue el equilibrio de poder, la voluntariedad responsable, multiparcialidad y confidencialidad y cuyos resultados pueden instrumentalizarse mediante escritura pública notarial u homologarlo mediante el procedimiento de jurisdicción voluntaria que se regula en el Código de Procesos.
Según Yamila González Ferrer, vicepresidenta de la Unión Nacional de Juristas de Cuba, el espacio familiar es precisamente uno de los ámbitos con mayores posibilidades para trabajar la mediación.